Unión convivencial

Difundilo con amor

Desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación en 2015, se reconoce legalmente la unión convivencial como una forma de vida en común entre dos personas que no están casadas pero mantienen una relación afectiva, pública, estable y de cierta duración. Aunque muchas personas conviven durante años, tienen hijos, arman un hogar y compran bienes en común, no siempre conocen las consecuencias jurídicas de una separación si no hubo un matrimonio formal.

La unión convivencial puede inscribirse en el Registro Civil, aunque no es obligatorio. Sin embargo, hacerlo permite mayor claridad legal sobre los derechos y obligaciones de cada parte. Incluso es posible firmar pactos de convivencia donde se regulen cuestiones patrimoniales, el uso de la vivienda y el destino de los bienes en caso de ruptura.

A diferencia del matrimonio, la unión convivencial no genera comunidad de bienes. Cada conviviente conserva la propiedad exclusiva de los bienes que adquirió a su nombre. Si uno de ellos compró un inmueble durante la convivencia y figura únicamente como titular, el otro no tiene derecho automático sobre ese bien, salvo que pueda demostrar que contribuyó económicamente o de otro modo a su adquisición. Esto puede probarse, por ejemplo, con transferencias bancarias, recibos o testigos.

En caso de ruptura, si uno de los convivientes queda en situación económica desfavorable como consecuencia directa de la convivencia —por ejemplo, por haber dejado de trabajar para cuidar a los hijos o sostener el hogar—, puede reclamar judicialmente una compensación económica. Este pedido requiere demostrar que la separación lo dejó en una posición claramente más desventajosa y que hubo un desequilibrio patrimonial atribuible a la convivencia.

La separación en estos casos no produce, por sí sola, efectos legales sobre los bienes, por lo que resulta fundamental estar informados. Registrar la unión, documentar aportes y mantener claridad sobre la titularidad de lo adquirido puede prevenir muchos conflictos futuros. Convivir no es lo mismo que casarse, y conocer las diferencias ayuda a ejercer los derechos con responsabilidad y previsión.

Gentileza: Abogada Mariana Funes Siri


 

Agradecemos especialmente la colaboración de:
Profesionales:
Siri Inmobiliaria (Tigre)

 

Náutica:
Guardería Náutica Anahí (Tigre)

 

Servicios:
Neonico, Carteles de Neón & Led (José León Suárez)
Electricista Santiago Piscitelli (Olivos)

 


Difundilo con amor

Dejanos tus comentarios